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¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

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guille269
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por guille269 »

Saludos compañeros, a ver si podeis resolverme una duda que me tiene agobiado desde hace un par de meses.

Decir que he leido este post con detelle, sus enlaces, he preguntado a musicos y buscado informacion por otros lugares, y cada vez estoy mas liado.
Yo hasta finales de 2019, he participado en bolos, diez o doce al año, sacas para la gasolina, la cena y para juntar para unas cuerdas nuevas, los bares no quieren saber nada de contratos, altas/bajas ni historias. o lo haces asi, o no tocas, y a mi lo que me motiva no es el dinero, si no subirme a un escenario y disfrutar con los amigos.
Un par de veces, nos han contratado para alguna feria y nos han dado de alta y baja para ese dia, como tenia mi trabajo aparte, pues no pasa nada.

Peeeeero.... Ahora 2020 me encuentro jubilado y cobrando felizmente mi pension, pero quiero seguir disfrutando, ademas tengo todo el tiempo del mundo y quiero implicarme mas, y solo veo trabas.

No puedo tocar en una feria o algo que organice el Ayuntamiento, porque no pueden darme de alta/baja, porque me paralizan la pension.
No puedo tocar en un bar, porque si viene un inspector, me pueden meter un puro de ordago, he leido que a alguno de otro gremio, lo han sancionado con una multa equivalente a dos años de su pension, etc..

¿ La unica salida que tengo es montar una Asociacion sin animo de lucro ?? :mecaliento:

La verdad que no se por donde tirar,
gracias y saludos.
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fervili
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por fervili »

Hola Guille269:
Pues me temo que sí.
Salvo mejor opinión (y lo de consultar sobre ese régimen en la propia Seguridad Social está lleno de lagunas), si estás jubilado, no puedes darte de alta sin que se paralice la pensión.

Hay un Real Decreto publicado, el 302/2019, del año pasado, que regula la posibilidad de compatibilizar el cobro de una pensión, con la creación artística. Pero no contempla nada para los intérpretes.


Artículo 2. Ámbito personal de aplicación.
Podrán acogerse a la compatibilidad regulada en este real decreto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 213.4 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, los beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social que, con posterioridad a la fecha de reconocimiento de dicha pensión, desempeñen una actividad de creación artística por la que perciban ingresos derivados de derechos de propiedad intelectual, incluidos los generados por su transmisión a terceros, con independencia de que por la misma actividad perciban otras remuneraciones conexas.

No podrá acogerse a esta modalidad de compatibilidad el beneficiario de una pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social que, además de desarrollar la actividad a la que se refiere el párrafo anterior, realice cualquier otro trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia que dé lugar a su inclusión en el campo de aplicación del Régimen General o de alguno de los regímenes especiales de la Seguridad Social.
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fervili
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por fervili »

Refloto el hilo, porque acabo de encontrar un artículo que me parece que expone muy bien la problemática de los músicos (todos, tanto amateurs como profesionales) a la hora de cobrar por las actuaciones y de cotizar.

https://ampemusicos.com/2020/05/29/el-p ... s-musicos/

Merece la pena; dedicadle cinco minutos.
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GonE
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por GonE »

Pues es un post muy interesante...

...especialmente para el músico profesional, orquestero, o semiprofesional, esos que tocan casi todos los fines de semana, que tienen un nivelazo que yo nunca alcanzaré, y que, vivan o no de ello, sí que sacan al menos un sobresueldo decente al mes con la música.

Pero, pregunto, para los grupos de amigos que se juntan para tocar y de vez en cuando dan algún concierto, ¿realmente funciona así?

Yo llevo (hasta ahora que he vuelto muy recientemente) muchos años apartado de la música, pero mi experiencia de haber tocado durante años en algo menos de cien conciertos en varias salas de Madrid, y algunas de Toledo, Granada y Teruel, habiendo cobrado en todos los conciertos (poco, muy poco, ínfimo, pero al menos nunca pagamos por tocar) es que nunca hemos cotizado, nunca hemos sido asociación con o sin lucro (aunque sí con mucho ánimo), y que de todas esas salas solo nos han hecho contrato en una de ellas (en Silikona, en las que no no las digo).

Es decir, y al grano... para gente que no es ni profesional ni semi-profesional, ¿de verdad en la práctica real esto funciona así? ¿O es solo lo teóricamente legal y lo que debería ser pero que apenas ocurre? Y para un grupo de colegas que se juntan a tocar y dan de vez en cuando un concierto cada par de meses sacando 200-300€, ¿realmente es necesario constituirse en asociación?
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fervili
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por fervili »

GonE escribió: Es decir, y al grano... para gente que no es ni profesional ni semi-profesional, ¿de verdad en la práctica real esto funciona así? ¿O es solo lo teóricamente legal y lo que debería ser pero que apenas ocurre? Y para un grupo de colegas que se juntan a tocar y dan de vez en cuando un concierto cada par de meses sacando 200-300€, ¿realmente es necesario constituirse en asociación?
Hola GonE:
Pues te lo trataré de responder.
Un fontanero que va a tu casa a hacer una pequeña reparación, un electricista que va a arreglarte un par de conexiones, en ambos casos por 100-200 € ¿tiene que darse de alta y cotizar?
Pues claro que sí.
La cuestión no es la cifra económica: es el hecho. Ese mismo electricista, ese mismo fontanero, ese mismo grupo de amigos, estaría encantado de cobrar 1.000 por su servicio. Porque trata de obtener ingresos con dicha actividad.

A ver, lo de demostrar la existencia o no del "ánimo de lucro" no es algo automático: hay que analizar cada situación puntual.
Estamos en un país en el que hay tanta picaresca que, cuando hablamos de "pequeñas cantidades" parece que todo se perdona.
Claro, tocar una vez por 200 € es poquito, igual que arreglar una chapuza por 60 €. Pero si ambas cosas las haces 100 veces al año.......la cifra cambia pero el hecho sigue siendo el mismo: se obtiene dinero por ello.

En la base de esto está el hecho de que, para las salas, bares, chiringuitos, etc les sale muy caro hacer las cosas legales: por que son ellos los que deberían dar de alta a cada banda/músico (para ello está el régimen especial de artistas). Sin embargo cuando cuando ven que una actuación dentro del marco legal, de cuatro personas, les sale por unos 500 euros, se pasan "al lado oscuro". O no lo hacen.

He escrito "salas, bares, chiringuitos, etc", pero realmente debería incluir en esa lista a la mayoría de los Ayuntamientos y otras instituciones públicas, que ya desde hace tiempo tratan de cubrirse el culo pidiendo factura a los grupos: son lo primeros en incumplir la legalidad.
Lo afirmo así.
Porque como promotores de un evento artístico, son los responsables y obligados a dar de alta a los músicos en dicho régimen especial de artistas. O en el caso de que los artistas sean realmente profesionales (es decir, que manifiesten y justifiquen que están constituidos como empresarios) comprobar dicha circunstancia para después recibir la factura correctamente por su servicio artístico.

Lo que realmente es necesario es que este país cambie la forma de pensar y hacer las cosas desde la base, para hacerlas bien y cumplir todos las normas, y eso parece ser misión imposible.

Hoy mismo nos han cancelado, por mal tiempo, el primer bolo del verano, en un Ayuntamiento pequeño de la zona (pequeño no significa sin recursos); nos pidieron desde el minuto uno un presupuesto, y nos dijeron que debíamos emitir factura. A nosotros y los otros 16 grupetes que cubriremos su ciclo de "música en la calle".
Qué bien queda en los carteles! pero qué forma tan clara de incumplir la normativa.
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por GonE »

Pues muchas gracias! Aunque sea, por nuestra parte como músicos, que no quede el saberlo :palmas:

Luego, que ya lo hagan las salas o no es otra cosa... :shock: (y sí, ayuntamientos también, entre todas las salas esas que no hacían contrato también hay dos ayuntamientos de la Comunidad de Madrid [y a saber si declararon el repertorio a la SGAE, que eran todo temas propios registrados y esa es otra, y yo creo que por ahí tampoco...]).
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KingMatt
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por KingMatt »

Reflote... Por que he estado leyendo un hilo en Facebook... Y se me cae el alma a los pies...

Yo he sido siempre amateur... Y a pesar de haber facturado y cotizado durante muchos años (( como "asociación cultural" ))...
Veo la situación de algunos compañeros y es muy triste... Quizás en algunos casos se ve algo de dejadez, y evidentemente por culpa del sistema...

Pero pongo un ejemplo que conozco directamente... Como es el caso del que posiblemente pueda ser, o haber sido el mejor pedal steel de Europa, que lleva 50 años en los escenarios... Grabando con grupos de primerisimo nivel durante décadas... Y tener 4 o 5 años de cotización... Tener ya una edad, y achaques de salud, y no tener más que el acceso a una pensión no contributiva...

Es muy triste. :(
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fervili
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por fervili »

KingMatt escribió: Veo la situación de algunos compañeros y es muy triste... Quizás en algunos casos se ve algo de dejadez, y evidentemente por culpa del sistema...
....
(
Yo creo que se juntan el hambre y las ganas de comer.
Por una parte, la Administración que no suele regular la realidad de los sectores, sino, a la inversa, primero hace una regulación y después espera que el sector se adapte a ellas.
Además resulta que el sistema de cotización (Seguridad Social) y tributación (Hacienda, impuestos) no es precisamente fácil de tramitar ni barato de cumplir.

Por otra parte, hay mucha falta de educación, información y de concienciación al respecto por parte de los músicos. Todos conocemos un montón de casos en que "....cuando gane suficiente y de forma regular, ya cotizaré....", y ese cuando parece que no llega nunca.

Y la última parte, es la falta de una asociación o sindicato, que realmente trate de acercar la realidad del sector a la Administración.
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por rafunk »

Hola, mis bandmates y yo hemos decidido hacer un Asociacion sin ánimo de lucro, que pensamos lo más conveniente para hacer pocos bolos al año. Tengo u a duda: hay que hacer declaraciones trimestrales de IVA o de lo que sea?, por que esto reportaría gastos. O en otras palabras, hay que hacer declaraciones obligatorias? En caso negativo, podemos considerar que la Asociación sin ánimo de lucro no tiene gastos de mantenimiento?
Gracias mil.
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fervili
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por fervili »

rafunk escribió:.... Tengo unas duda: hay que hacer declaraciones trimestrales de IVA o de lo que sea?, por que esto reportaría gastos. O en otras palabras, hay que hacer declaraciones obligatorias? En caso negativo, podemos considerar que la Asociación sin ánimo de lucro no tiene gastos de mantenimiento?
Gracias mil.
Hola Rafunk:

Corto-pego un párrafos que había apuntado hace unos meses.

"Desde el punto de vista fiscal (impuestos), le afectan dos impuestos: el Impuesto sobre Sociedades y el IVA.

Respecto al primero, dado que no existe ánimo de lucro, y se destinan todos sus ingresos a la finalidad social establecida en los Estatutos, cumpliendo ciertos requisitos, no habría que presentar declaración por dicho Impuesto sobre Sociedades. Pero sí poder justificar bien que no se tiene la obligación y que se cumplen los requisitos (una contabilidad clara y bien justificada, con sus facturas perfectamente coherentes).

Respecto al segundo, el I.V.A., cuando haga sus actuaciones, deberá emitir factura por ello. Y en base al artículo 20.Uno.14º de la Ley del I.V.A., estas actuaciones estarían exentas, con lo que tampoco habría que cobrar ni ingresar IVA.

Pero ojo, hay que tener mucha precaución en cumplir bien los requisitos en ambos impuestos.
Sí hay que emitir factura por las actuaciones, aunque sin repercutir IVA.
Sí hay que conservar todas las facturas de los gastos de la asociación, para justificar el destino de los ingresos a los fines sociales.
Sí hay que contabilizarlas y que los cobros y pagos sean lo más transparentes posible para que esa justificación no ofrezca dudas".




Sobre tus preguntas concretas:

"¿hay que hacer declaraciones trimestrales de IVA o de lo que sea?, por que esto reportaría gastos.[/i]"
Si cumplís los requisitos para estar exentos de repercusión de IVA, no. No tendríais que hacer declaraciones por el IVA.

"O en otras palabras, hay que hacer declaraciones obligatorias?"
La del Impuesto sobre Sociedades: aunque no haya beneficio/pérdida, se debe realizar.

"En caso negativo, podemos considerar que la Asociación sin ánimo de lucro no tiene gastos de mantenimiento?"
Uy, eso ya sería la leche!. Gratis quedan muy pocas cosas en esta vida.
Hombre, al menos hay que pagar las tasas de constitución e inscripción que marque cada Comunidad Autónoma, las tasas para la obtención del certificado digital, hay que presentar la inscripción en el registro de la comunidad autónoma, en la Agencia Tributaria, honorarios de estas tramitaciones...algunos gastos habrá.
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por rafunk »

fervili escribió:
rafunk escribió:.... Tengo unas duda: hay que hacer declaraciones trimestrales de IVA o de lo que sea?, por que esto reportaría gastos. O en otras palabras, hay que hacer declaraciones obligatorias? En caso negativo, podemos considerar que la Asociación sin ánimo de lucro no tiene gastos de mantenimiento?
Gracias mil.
Hola Rafunk:

Corto-pego un párrafos que había apuntado hace unos meses.

"Desde el punto de vista fiscal (impuestos), le afectan dos impuestos: el Impuesto sobre Sociedades y el IVA.

Respecto al primero, dado que no existe ánimo de lucro, y se destinan todos sus ingresos a la finalidad social establecida en los Estatutos, cumpliendo ciertos requisitos, no habría que presentar declaración por dicho Impuesto sobre Sociedades. Pero sí poder justificar bien que no se tiene la obligación y que se cumplen los requisitos (una contabilidad clara y bien justificada, con sus facturas perfectamente coherentes).

Respecto al segundo, el I.V.A., cuando haga sus actuaciones, deberá emitir factura por ello. Y en base al artículo 20.Uno.14º de la Ley del I.V.A., estas actuaciones estarían exentas, con lo que tampoco habría que cobrar ni ingresar IVA.

Pero ojo, hay que tener mucha precaución en cumplir bien los requisitos en ambos impuestos.
Sí hay que emitir factura por las actuaciones, aunque sin repercutir IVA.
Sí hay que conservar todas las facturas de los gastos de la asociación, para justificar el destino de los ingresos a los fines sociales.
Sí hay que contabilizarlas y que los cobros y pagos sean lo más transparentes posible para que esa justificación no ofrezca dudas".




Sobre tus preguntas concretas:

"¿hay que hacer declaraciones trimestrales de IVA o de lo que sea?, por que esto reportaría gastos.[/i]"
Si cumplís los requisitos para estar exentos de repercusión de IVA, no. No tendríais que hacer declaraciones por el IVA.

"O en otras palabras, hay que hacer declaraciones obligatorias?"
La del Impuesto sobre Sociedades: aunque no haya beneficio/pérdida, se debe realizar.

"En caso negativo, podemos considerar que la Asociación sin ánimo de lucro no tiene gastos de mantenimiento?"
Uy, eso ya sería la leche!. Gratis quedan muy pocas cosas en esta vida.
Hombre, al menos hay que pagar las tasas de constitución e inscripción que marque cada Comunidad Autónoma, las tasas para la obtención del certificado digital, hay que presentar la inscripción en el registro de la comunidad autónoma, en la Agencia Tributaria, honorarios de estas tramitaciones...algunos gastos habrá.

Excelente. Así da gusto. No puedo agradecértelo lo suficiente.
Si te pasas por Valencia te invito gustoso a unas birras :birra: , y te dejo probar mis bajos, que no están mal :mrgreen:
Togomi
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por Togomi »

Hola,

Conocéis empresas que den de alta a músicos para bolos concretos tipo Artistamente?
Es por barajar más opciones si tenéis experiencia.
En este caso el local nos dice que nos encarguemos nosotros y así hemos quedado.

Gracias de antemano y saludos
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fervili
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por fervili »

Hola Togomi:
Te indico algunos enlaces de páginas que lo hacen: http://musicasaovivo.gal/, https://www.musicat.cat/, https://www.mustramit.com/es/, https://acentocoop.es/
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por Togomi »

Muchas gracias fervili por las opciones.

Alguna es especial que sepas que trabaja bien e igual sea más barata en gastos de gestión?

Saludos
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javi_bassist
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por javi_bassist »

Yo trabajo con Mustramit. Son 7€ cualquier gestión. Hay otras que se llevan un porcentaje de la factura.

La verdad es que trabajan muy muy bien. Tuve un error de importe en una factura y el cliente aceptó por error y fue una movida. Pero ellos lo solucionaron muy bien. Te los recomiendo.
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por Togomi »

javi_bassist escribió:Yo trabajo con Mustramit. Son 7€ cualquier gestión. Hay otras que se llevan un porcentaje de la factura.

La verdad es que trabajan muy muy bien. Tuve un error de importe en una factura y el cliente aceptó por error y fue una movida. Pero ellos lo solucionaron muy bien. Te los recomiendo.
Muchas gracias
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por Togomi »

Una duda sobre estas empresas via web que dan de alta al músico.
En una simulación de factura cobran 16.75€ de seguridad social.

La SS me parece poco.
No se supone que tendrían que pagar la cuota del empresario y la del trabajador?
De lo que que cobran según factura, descuentan el IRPF, la cuota de SS y los gastos de gestión.
Lo que cobran por gestión es poco y no hay más cantidad cobrada de la que sacar la cuota de la SS del empresario.
Sobre qué base están cobrando esos 16.75?
Se supone que la base de un músico para un bolo en 2023 son 141.63€.

Gracias y saludos
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por Anotherbassplayer »

Ten en cuenta que te darían de alta en el regimen de artistas, que es distinto al general. Probablemente la cuota sea pequeña ya que en este régimen es normal darte de alta para un día y de baja al siguiente, no te pueden cobrar mucho. Lo mejor que puedes hacer es llamar a la Seguridad Social, armarte de paciencia y preguntarles.

Aprovecho para comentar una experiencia: El pasado mes de febrero toqué con mi banda para una empresa de espectáculos que nos solicitaba factura. Me armé de valor y me dí de alta como profesional y también en el IVA (modelo 036 de hacienda). No me hacía falta darme de alta como autónomo ya que cumplía los siguientes requisitos:

- Que la actividad económica no sea habitual.

- Que la actividad no genere ingresos superiores al SMI.

Pagué el IVA (que le repercutí a la empresa que nos contrató, por supuesto), incluí la retención del IRPF en la factura, y listo. Al día siguiente de cobrar me di de baja otra vez de todo (modelo 036 de hacienda) y listo, facil y rápido. Eso si, no puedo hacer esto de forma recurrente o no cumpliría los requisitos.

Editado, corrijo lo nombres de los modelos
Última edición por Anotherbassplayer el Mié Abr 19, 2023 9:10 am, editado 2 veces en total.
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por Togomi »

Gracias.

Y solo te diste de alta tú? Solo facturaste tu parte o toda la banda?
El IRPF lo pagarás en la declaración de renta? Cómo va?

Cuándo se considera habitual y cuándo no?
No generar el SMI se computa por mes o anual?
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por Anotherbassplayer »

Me di de alta solo yo, como empresario, y en el IVA. Son dos altas distintas. (Ambas son con el modelo 036)

Emití factura a mi nombre, mas 21% de IVA. Menos la retención del IRPF, 7% que es el mínimo. La retención la ingresa la empresa cliente a Hacienda en mi nombre y debe aparecer en mi borrador del 2023.

Antes del 20 de abril pagué y presenté el IVA trimestral (modelo 303) y de inmediato me di de baja como profesional y del IVA, modelo 036

Mi duda es si debo presentar modelo resumen del IVA (mod 390) eso lo debo preguntar la verdad.

No lo volveré a hacer en lo que resta de año para no levantar sospecha, solo fue para salir del paso.

Editado
Última edición por Anotherbassplayer el Mié Abr 19, 2023 10:46 pm, editado 2 veces en total.
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por Togomi »

Muchas gracias por toda la información.
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por Anotherbassplayer »

Togomi escribió:
Cuándo se considera habitual y cuándo no?
No generar el SMI se computa por mes o anual?
Que buena pregunta!!

SMI anual creo. En cuanto a la habituidad hay discusión. Os pego un par de enlaces pero mi criterio es, que lo ejerzas de forma RECURRENTE, independientemente del importe. Por eso, mejor que sea algo excepcional, si va a ser recurrente mejor daos de alta como autónomo.

https://www.iberley.es/temas/habitualid ... omos-14121


https://www.pymesyautonomos.com/fiscali ... estar-alta
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por Togomi »

Ya, todas estas leyes siempre tienen lagunas o cosas sin concretar.

Lo del SMI lo preguntaba por si alguien solo tocara durante 6 meses, por ejemplo, ganando el doble del SMI durante 5 meses y un mes el SMI. Serían 11 mensualidades. O cualquier situación similar en la que no superes el importe anual pero sí mensualmente varios meses.

Leeré esos links.

Gracias de nuevo por toda la info.
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por Anotherbassplayer »

Togomi escribió:Ya, todas estas leyes siempre tienen lagunas o cosas sin concretar.

Lo del SMI lo preguntaba por si alguien solo tocara durante 6 meses, por ejemplo, ganando el doble del SMI durante 5 meses y un mes el SMI. Serían 11 mensualidades. O cualquier situación similar en la que no superes el importe anual pero sí mensualmente varios meses.

Leeré esos links.

Gracias de nuevo por toda la info.
Sin tener en cuenta el importe, lo que me cuentas ya me suena a actividad habitual. En ese caso date de alta como autónomo.

Cuando eres amateur, sueles tocar en bares en negro pero te cae uno de esos eventos que te exige facturar, que va a ser una vez al año, puede ser una alternativa lo que hice yo.
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Re: ¿Cómo cotiza un músico? guía laboral para el músico (incluso amateur)

Mensaje por javi_bassist »

Yo también estuve de alta en Hacienda unos 4 meses (allá por 2018), pero no dado de alta como autónomo, ya que esos 4 meses necesitaba facturar algunos bolos que hacía, pero me dijeron que no hacía falta en la SS por no llegar al SMI.
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