Hola. MrPuertas.
MrPuertas alude a la PI:
2. No necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, de obras ya divulgadas cuando se lleve a cabo por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, sin perjuicio de la compensación equitativa prevista en el artículo 25, que deberá tener en cuenta si se aplican a tales obras las medidas a las que se refiere el artículo 161. Quedan excluidas de lo dispuesto en este apartado las bases de datos electrónicas y, en aplicación del artículo 99.a), los programas de ordenador
Concepto aludido:
Artículo 18. Reproducción
Se entiende por reproducción la fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella, que permita su comunicación o la obtención de copias.
Artículo 25 (hay que leer todo):
1. La reproducción realizada exclusivamente para uso privado, mediante aparatos o instrumentos técnicos no tipográficos, de obras divulgadas en forma de libros o publicaciones que a estos efectos se asimilen reglamentariamente, así como de fonogramas, videogramas o de otros soportes sonoros, visuales o audiovisuales, en favor de originará una compensación equitativa y única por cada una de las tres modalidades de reproducción mencionadas, las personas que se expresan en el párrafo b) del apartado 4, dirigida a compensar los derechos de propiedad intelectual que se dejaran de percibir por razón de la expresada reproducción. Este derecho será irrenunciable para los autores y los artistas, intérpretes o ejecutantes.
Creo que estás contestado con la misma ley que esgrimes.
MrPuertas:
El lucro es ganar, no dejar de gastar..
En el mundo jurídico y en el mismo diccionario de la RAE el concepto está claro:
lucro.
(Del lat. lucrum).
1. m. Ganancia o provecho que se saca de algo.
~ cesante.
1. m. Der. Ganancia dejada de obtener como consecuencia del incumplimiento de una obligación, por la infracción de un deber, o por un sacrificio patrimonial legítimo. Normalmente debe ser indemnizada por el causante del daño.
Como se repiten preguntas y se desconocen conceptos, me veo en la obligación de repetir contestaciones y aclarar conceptos. No yo, sino por ejemplo la RAE. Claro que si nos lo pasamos por donde nos da la gana...
Es estar repitiendo y repitiendo.
tus argumentos caen por su propio peso.
Me parece que no.
es lo propio de la SGAE, jugar con conceptos morales y argucias lingüisticas, saltándose a la torera la constitución y la ley.
Eso es hablar por hablar.
¿Qué es, para ti, un concepto moral?
¿Argucias
lingüísticas?
El lenguaje sirve para comunicarnos y cuanto mejor se sepa es más fácil que nos entiendan y queden expresadas nuestras ideas claramente. Siento que en mi caso no sea así.
Si crees que SGAE se salta la ley y la constitución , no sé porqué no estas ya mismo en cualquier juzgado.
la SGAE no puede cambiar la constitución
Eso ya lo dije yo. Según tú, se la salta ¿Cómo? Existe el TC.
aunque su política PIDA PRACTICAMENTE el cambio de la misma
Yo también, independientemente de pertenecer a la SGAE, pido el cambio de Constitución. Es otro tema.
La copia privada no es UNA copia privada
Empiezas bien...mi contrabajo no es un contrabajo, es... ¿un concepto?
copia privada es un CONCEPTO al que TENGO derecho según la CONSTITUCION ESPAÑOLA.
La copia privada es:
Según la Ley de Propiedad Intelectual una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa.
Por tanto, un usuario particular no tiene que solicitar autorización del autor/es de una obra musical o audiovisual cada vez que graba la misma para su propio uso, y sin que vaya a ser objeto de negocio.
Pero esta reproducción autorizada por Ley, genera una remuneración compensatoria por copia privada, que está regulada también en el artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual y que está destinada a compensar la pérdida de ingresos que, para los titulares de una obra musical o audiovisual genera esta posibilidad de hacer copias de las mismas para uso privado. Es obvio que cada vez que se hace una copia de un disco para uso privado, se deja de vender un ejemplar del mismo, por lo que hay que compensar de alguna manera a los titulares de las obras contenidas en el mismo, por los ingresos que dejan de percibir.
Artículos sujetos:
Están sujetos al pago de la remuneración compensatoria por copia privada todos los equipos, aparatos y materiales idóneos para la grabación de obras musicales y/o audiovisuales. Ejemplos: un radio-cassette grabador, un equipo grabador de CD's, un equipo grabador de vídeos, una cinta cassette, un videocassette, un CD-R tanto "audio" como "data", un DVD-audio y un DVD-vídeo
Obligados al pago:
En primer lugar, los obligados al pago son los fabricantes e importadores de los equipos, aparatos y materiales que sirven para la grabación de obras musicales y/o audiovisuales. No obstante, la Ley de Propiedad Intelectual considera responsables solidarios del pago de la remuneración a los distribuidores, mayoristas y minoristas sucesivos adquirentes, si en la factura de sus proveedores no aparece desglosado el importe de la remuneración.
Esta claro.
La copia privada es un límite, no un derecho.
Se podría comparar con una señal de tráfico que nos dice máximo a 100, esto no significa que tengamos
derecho a ir a 100, sino que estamos limitados a ir, como mucho, a 100. Si va uno delante a sesenta nunca podrías esgrimir "tu derecho" a ir a 100.
Si dices que no a eso, lo siento, MIENTES.
Se me hace un poco difícil charlar en estos términos.
Yo puedo pensar que estas equivocado, no creo que te lo diga...está claro también que no digo lo que tú dices y no por ello miento.
La charla debate se puede llevar mejor en otro tono, quizá más distendido.
Knucle:
BajoCero, sigues sin responder a mi pregunta
Me parece que al que no se le contesta es a mí.
¿dónde esta la parte del canon que me corresponde por usar CDs, pendrives y discos duros para material de mi creación?
Exactamente donde dice la ley. Esa pregunta sería mejor que se la hicieses al ministro de Hacienda.
pacurzio:
Hasta donde yo sé, no existe ningún mecanismo para devolver ese dinero.
No me refiero a nivel particular exclusivamente, también me interesa nombrar a las empresas.
Ese dinero, ¿va a parar a las arcas de la SGAE?
No, una parte.
¿Existe algún tipo de "devolución"?
Supongo que en las declaraciones de Hacienda que haga la empresa.. Yo, por la modalidad de declaración que hago, me lo quito. No sólo el canon, sino la parte correspondiente de todo el coste del Cd. El IVA con el impreso número 300.
iribarren
Por cierto, bajocero, creo que hablaste sobre el Reino Unido, tengo malas noticias para ti:
El Reino Unido no tiene canon. Es mucho más duro su sistema: copia que te pillan, multazo que te crió...no se andan con chiquitas. ¿Prefieres eso?
Yo, sinceramente, prefiero el canon.
estoy respondiendo sin haber leido completamente las ultimas respuestas.
Pues conviene hacerlo, sobretodo para no repetirse.
Lo que no contesto es que creo que ya lo he hecho.
Puedo saber como se reparte el canon?por ejemplo ver las cuentas del año pasado?
Sí, son públicas.
no tendria que ser el mas descargado/copiado?
Sería bueno que fuese así,. De esa manera sabríamos quién es el infractor y quién el perjudicado. Falta descubrir el sistema para hacerlo.
Como autor, cuanto te llevas por cada disco vendido?
Eso no tiene que ver con SGAE.
Forma parte de lo que tengas firmado con la compañía discográfica. Es un contrato privado.
Que lios de cuentas has tenido tu con la SGAE?por que?
Creo que eso es un tema totalmente personal. Disculpa que no te conteste.
De verdad te parece logico el esquema 1.- compro un cd virgen 2.- grabo unas fotos mias y de mis amigos 3.- algun artista en miami se lleva unos centimillos de ese cd?
De momento no hay otro mejor.
Da igual dónde viva uno. Esto no es problema geográfico. El tema de derechos es internacional. Iron Maiden, Metallica y demás, también cobran
lo que les corresponde de sus derechos generados en España por medio de SGAE.
No sólo están los "ramoncines" "bisbales" y demás tíos que siempre los tenéis en la boca.
Esos son cuatro, Hasta 90000...hay de todo.
bass-xtreme:
pero no me dá igual que me afecte a mi bolsillo de forma injusta.
¿Me puedes decir en cómo y cuanto te afecta?
Pero ten en cuenta que para los artistas de la gestora esto sería un buen palo...
La mayoría de los autores a la vez son interpretes y/o ejecutantes. No conozco a ningún socio que está de acuerdo con lo enlatado.
a algunos les jode currar honradamente para ganarse el pan.
Ya estamos faltando. Viva la libertad de expresión.
Vale, pues espero que todos y cada uno de los españoles me regalen 10 céntimos al mes, total, ¿que son 10 céntimos?...(multiplicados por 40 y pico millones de españoles).
Ooops !!...me salen todos los meses 4000€
¿De verdad que piensas que cada socio de de las diferentes entidades de gestión se lleva al mes 4000€? ¿Por qué al mes?
Con esta manera que tienes de plantear tus razones y hacer cuentas..no me gustaría tenerte de gestor.
Yo no consumo tu música, no tengo porqué pagarte nada.
1º Eso que afirmas no lo sabes.
2º Estamos hablando del canon. Si consumes Cds vírgenes, la ley contempla ese pago. Es irrefutable.
¿Crees que si Rajoy llega a gobernar hubiese quitado el canon?
la gente es tonta
Eres tú el que lo ha dicho
Me parece que no, no lo he dicho. Ni lo diré.
yo no trabajo para ti, tu no me pagas,
Eso es obvio.
yo no te quiero cobrar nada
Si no me vendes nada, es difícil que eso ocurra.
Tu trabajas y quieres que yo pague tu trabajo sin haberlo solicitado ni usado
No, lo único que pagas es la compra de Cds virgenes, Cds que están sujetos a un canon por medio de ley.
¿Votarás a Rajoy? Aunque creo que sólo era un farol electoral. El PP está de acuerdo con el canon.
Yo no consumo Rey y le pago mi parte proporcional. Por cojones y pilla más de 10 cents. por español.
Me llama la atención que no hayáis comentado algo sobre la implicación de los fabricantes de equipos con el "no al canon".
Nunca empezaría a decir que sois unos pagados por las empresas fabricantes de soportes y aparatos de grabación y almacenamiento. Que sois unos manipulados...no me parecería lógico. Y no lo hago.
Saludos.