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Acerca de la legalidad de las transcripciones

Publicado: 23 Ene 2013, 23:39
por Dexter_Bass
Disculpen el nombre del post un poco sensacionalista, pero no sabía que corno poner. :mrgreen:

Bueno, les cuento que hace tiempo que vengo con la idea de crear un sitio o blog con transcripciones de líneas de bajo.
La idea sería de a poquito ir sacando temas que me gusten, pasarlos a partitura y luego subirlos.
Hasta ahí todo bien.

Ahora... ¿por transcribir un tema estaría violando los derechos de autor de esa canción?. :?

Ustedes dirán.

Saludos y gracias de antemano! :smt006

Publicado: 24 Ene 2013, 08:51
por Snow
En principio, legalmente, puedes acogerte a muchas de las enmiendas de las licencias de propiedad intelectual, como el uso con fines académicos.

Hay alguna gente de aquí que también tiene blogs con transcripciones, seguro que pueden ayudarte más que yo.

Publicado: 24 Ene 2013, 12:24
por Dexter_Bass
Muchas gracias Snow!

OK. Entiendo...
Es que no quisiera que me cierren la página o blog de la noche a la mañana, ya que generalmente ni te preguntan.

Saludos! :smt006

Publicado: 24 Ene 2013, 15:41
por javihamm
Yo creo que tal y como te dice el compañero, siempre que lo publiques como un análisis personal de una obra, no habrá problema. El caso es si copias y pegas la obra en cuestión de tal o cuál autor. Pero si en un caso como éste, tu estás analizando el Autum Leaves por ejemplo y transcribes la línea de bajo para su estudio y difusión citando expresamente a la obra a la que pertenece y el artista y autor que lo interpreta, yo no lo veo problema alguno :brindis:

Publicado: 24 Ene 2013, 21:38
por Dexter_Bass
OK. Muchas gracias javihamn! :brindis:

La idea sería transcribir temas de rock, pop, etc.

A ver si de a poco me animo a ir subiendo algo...

Muchas gracias por sus consejos.
Ahora lo tengo mucho más claro.

Saludos! :smt006

Publicado: 24 Ene 2013, 22:14
por Christophe
Hace ya algún tiempo un forero que desapareció de la noche a la mañana, tenía un gran blog de transcripciones. Parece ser que tuvo ciertos problemas con ciertos autores por colgar las transcripciones de algunos de ellos.Al final el blog desaparecio.Te dejo el enlace del hilo,

viewtopic.php?t=29410&postdays=0&postorder=asc&start=50

Publicado: 25 Ene 2013, 02:18
por Dexter_Bass
Gracias Christophe por tu comentario! :brindis:

Acabo de leer el post que mencionas y era el tipo de problemas que me temía que podían surgir.
Y la verdad que no quiero tener problemas con algo que haría sin ningún fin de lucro. :?

Veré que hago...

Saludos! :smt006

Publicado: 25 Ene 2013, 11:21
por Willy Jimenez
llevo muchos años colgando tablaturas y nunca he tenido problemas, no quiere decir que tu no los vaya a tener pero de entrada no creo que tengas dificultades

Publicado: 25 Ene 2013, 12:19
por Dexter_Bass
Willy! ¿como va eso? :brindis:

OK. Gracias por tu respuesta.
Creo que me animaré entonces! :wink:

Saludos y gracias a todos por responder! :smt006

Publicado: 25 Ene 2013, 17:21
por Willy Jimenez
Dexter_Bass escribió:Willy! ¿como va eso? :brindis:

OK. Gracias por tu respuesta.
Creo que me animaré entonces! :wink:

Saludos y gracias a todos por responder! :smt006
Va bien la cosa no me puedo quejar a pesar de la crisis que no esta cayendo , jeje . Pues buen eleccion en animarte, la gente que suele tener problemas con los autores son personas que tienen miles de miles de visitas cada dia en sus respectivas paginas por eso no creo que sea un tema de preocupacion y ademas hablando como musico me sentiria honrado que alguien se preocupara en transcribir mis canciones siempre y cuando no se lucrara por ello

Publicado: 25 Ene 2013, 18:04
por Dexter_Bass
Saludos Willy! :brindis:

Gracias a todos por comentar!

Saludos! :smt006

Publicado: 25 Ene 2013, 19:19
por Isi
Hola, Dexter.
Yo tuve tu mismo planteamiento, aunque para publicar obras literarias con fines únicamente docentes y sin ánimo de lucro. Ante la incertidumbre consulte a la SGAE y me respondieron literalmente esto. (Lo publico por si hubiera algún otro interesado en la información)

...

Es lícita la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como la de obras aisladas de carácter plástico, fotográfico figurativo o análogo, siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico. Tal utilización sólo podrá realizarse con FINES DOCENTES o de INVESTIGACION, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e INDICANDO LA FUENTE Y EL NOMBRE DEL AUTOR DE LA OBRA UTILIZADA. Las recopilaciones periódicas efectuadas en forma de reseñas o revistas de prensa tendrán la consideración de citas."

De cualquier caso, el ámbito de gestión de la SGAE se limita a proteger las obras dramáticas, audiovisuales y musicales, pero puedes completar esta información en el Registro de la Propiedad Intelectual. Se trata de un registro que goza de los principios propios del Derecho Registral y, según la Ley, se presumirá, salvo prueba en contrario, que los derechos inscritos existen y pertenecen a su titular, en la forma determinada, en el asiento registral respectivo. Además, a efectos probatorios, de cara a un eventual procedimiento judicial (debido por ejemplo a un plagio total o parcial de su obra), puede constituir prueba legal de la paternidad de la obra. Visita su web oficial: http://www.mcu.es/propiedadInt/CE/Infor ... neral.html alojada en la página del Ministerio de Cultura (www.mcu.es), donde encontrarás amplia información sobre qué es este Registro, qué obras se pueden registrar, los requisitos para la inscripción y dónde realizarla. En el apartado "Direcciones de Interés" (en la franja izquierda amarilla una vez ya hayas pulsado el icono de Propiedad Intelectual) podrás encontrar cuál es la oficina más cercana a tu domicilio o población.

Esperando haberte sido de ayuda, recibe un cordial saludo.



Atentamente,

Atención al cliente SGAE


La página del Ministerio ha cambiado, pero te he actualizado el enlace.

:brindis: :brindis:

Publicado: 26 Ene 2013, 02:27
por Dexter_Bass
Muchísimas gracias Isi! :brindis:

O sea que en teoría es legalmente viable.
Eso me da ánimo a comenzar. :wink:

Saludos y muchas gracias por la información brindada! :smt006