Bueno, voy a aprovechar el hilo de sergi para explicar algunas cosillas mas del tema, que me han llegado privados de gente interesada en saber un poco mas. Antes de empezar, decir que todo lo que escribo es lo que se o he entendido informandome por ahi, asi que si explico algo mal luego no la tomeis conmigo

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Lo primero, la diferencia entre creative commons y propiedad intelectual
Creative commons: Resumiendo un poco, son licencias digitales que dan una serie de derechos a terceras personas (como ellos mismos dicen) para hacer con una obra cualquiera lo que este indicado en su correspondiente licencia (distribuirla sin modificar, limitar su uso comercial y algunas variantes mas). Estas licencias se aplican en el pais que se haya seleccionado al completar la licencia.
Una licencia creative commons NO te da derechos legales ni de copyright sobre una cancion, sino que indica solamente como se puede "explotar" y de que manera esa cancion, disco,...
Registro de la Propiedad intelectual: Esta es LA UNICA FORMA DE TENER LOS DERECHOS DE TUS TEMAS, asi de claro. En el quedan registradas las obras como ya he explicado en otro mensaje de este tema. Ademas, ante posibles plagios de tu obra, si la has registrado por ejemplo en el 2002 y el plagio se esta produciendo en este 2009, tu vas a tener las de ganar por dos motivos:
- 1º: En el registro queda marcada la fecha y la hora en la que se ha entregado dicha obra.
- 2º: Al tener fisicamente la partitura de la cancion en el registro, esta se puede comparar con la de la obra supuestamente plagiada, para que asi no haya ningun tipo de problema legal. Ademas, por si fuera poco te mandan la famosa carta que indica que tu obra ha sido registrada a tal dia y hora, que no se encontraba ya registrada en sus archivos y que los derechos son tuyos al 100%.
Por si habia alguna duda,
el Registro de la Propiedad Intelectual no tiene nada que ver con la SGAE.
*Como entregar tus canciones el Registro de...
Para que no tengais problemas debeis hacer lo siguiente (me salto el paso de ir a por los papeles y eso. Esto se hace una vez se han rellenado todos los papeles y se tiene todo listo):
- Imprimir las partituras (muy importante, solo partituras, NO tablaturas creo recordar) de todos los instrumentos que haya en el tema. Por ejemplo guitarra solista, guitarra ritmica, letra y melodia de la voz).
- Poned antes de cada tema una hoja en la que se indique el titulo de la cancion y el autor de la misma. Si vais a registrar varios temas de una sola vez, hacedlo como si fuera parte de una misma obra, es decir, en la hoja que va antes de cada tema teneis que poner todo lo anterior mas el titulo de la obra a la que pertenezca (un ejemplo seria pensarlo como un disco: este tiene su titulo y dentro se encuentran cada uno de los temas que pertecen a ese disco).
- Hay que llevarlo encuadernado con anillas y tapa trasera (negra) y delantera (transparente). Hacedlo asi que no mola tener que volverte a casa con todos los papeles por haber encuadernado las cosas de forma cutre

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- Vas con todo lo anterior, pagasa las tasas y listo. Guardad todos los papeles que os den, que esos va a ser los documentos que dan fe del registro.
Si alguien tiene mas dudas todavia, que visite
la pagina del registro y tambien
este tema de un foro vecino, que hay muchas dudas resueltas.
Para que penseis en la utilidad de registrar los temas, os explico el caso de mi grupo.
Al tocar solo temas hechos por nosotros, cuando hemos tenido que buscar a alguien para tocar el bajo (asi me ficharon a mi jeje) o ahora que estamos buscando cantante, no hay mas remedio que pasarles el archivo de guitar pro con la cancion entera ya hecha. Imaginaros que el tema no esta registrado y le has pasado a una persona que al final no va a formar parte del grupo una cancion completamente terminada... A nadie le amarga un dulce y mas si se lo das asi, verdad?
Vaya tocho que ha salido
